Noticia:
Paidofilico
capturado
Detienen en Tailandia al pederasta más
buscado del mundo
Fuente: http://www.clarin.com/diario/2007/10/19/um/m-01522387.htm
Christopher Neil, un canadiense de 32
años que trabaja como profesor de inglés en países del
sudeste asiático, fue apresado en la provincia de Nakhon. La
Policía logró reunir más de 200 fotografías que prueban los
abusos cometidos con menores.
Neil se había rapado para intentar
burlar a la Policía. (EFE)
La Policía de Tailandia anunció la
detención del canadiense Christopher Neil, el pederasta más
buscado del mundo tras la alarma mundial levantada por la
Policía Internacional.
Christopher Neil, de 32 años, fue
apresado por agentes de la policía en la provincia de Nakhon
Ratchasima (Korat), a unos 250 kilómetros al noreste de
Bangkok, un área no turística y donde la cifra de residentes
extranjeros es baja.
Portavoces policiales indicaron que
Neil se trasladó a esa provincia para eludir zonas
turísticas como Pattaya o Phuket, donde en principio se
centró la búsqueda del fugitivo. De acuerdo con la policía,
el detenido será conducido hoy a unas dependencias
policiales de Bangkok, la capital del país
La detención se produjo un día después
de la orden de arresto emitida por la policía tailandesa
tras conocer el testimonio de dos chicos tailandeses que
declararon que Neil abusó sexualmente de ellos. Ambos
denunciaron que Neil les pagó por practicar sexo oral en un
apartamento de Bangkok hace cuatro años, cuando tenían 13 y
14 años.
Uno de esos jóvenes declaró que Neil
filmó los actos, y la Policía sospecha que las imágenes
formen parte del material colgado por el sospechoso en
Internet.
Las fotos de Neil teniendo sexo con al
menos doce nenes -algunos menores de seis años- empezaron a
circular por Internet entre 2002 y 2003. Pero su rostro
había sido desfigurado digitalmente y recién hace tres años
expertos alemanes lograron obtener una imagen clara que
permitiera identificarlo.
La Policía logró reunir ya más de 200
fotografías que prueban los abusos cometidos por Neil.
También se lanzó una investigación sobre su vida, que
demostró que siempre estuvo ligado a actividades vinculadas
con menores de edad. Entre 1998 y 2000, por ejemplo, fue
instructor de cadetes en una escuela militar canadiense para
jóvenes de entre 12 y 18 años.
Luego empezó a trabajar en escuelas del
sudeste asiático, una ocupación habitual para los
pederastas. Varios de sus ex compañeros de trabajo lo
identificaron desde que, el 8 de octubre, Interpol lanzó una
inédita campaña mundial para detenerlo y difundió diferentes
fotos suyas.
Pedofilia o paidofilia
Para una mejor comprensión se trasmite
esta información de Wikipedia: http://es.wikipedia.org/wiki/Pedofilia
La pedofilia o paidofilia (del griego
παιδοφιλια y éste de παις-παιδος páis-paidós, «muchacho» o
«niño», y φιλíα filía, «amistad») es la inclinación de las
personas a sentir una atracción sexual primaria hacia niños
prepúberes.
La Real Academia Española prefiere «paidofilia»
(etimológicamente más correcta) sobre «pedofilia», si bien
esta segunda forma es más usada.
Sinónimos
Paidosexualidad
Antes de principios del siglo XX se
utilizaba como sinónimo la palabra «paidosexualidad» con la
misma raíz etimológica paidós (que se utiliza, por ejemplo,
en las palabras paidología, pedagogía y pediatría). Pero
ateniéndose a la etimología, la palabra vendría a significar
«deseo sexual de un niño o una niña bonita».
Pornografía infantil
Desde fines del siglo XX en ocasiones
la palabra pedofilia es incorrectamente usada en los medios
para describir la pornografía infantil o los abusos sexuales
a niños y adolescentes menores de 18 años. Hoy en día el uso
de la palabra pedofilia está socialmente aceptada para
describir todos los tipos de relaciones sexuales con niños o
adolescentes, considerando que cuando se habla de «niños»,
se hace referencia a personas cuyo rango de edades oscila
entre los 6 – 7 años hasta los 18 años. En la mayoría de los
países occidentales, el alcanzar los 18 años constituye un
pasaje entre la niñez y la adultez, expresada como juventud.
Debido al carácter parafílico e ilegal
de este tipo de pornografía en la mayoría de los países, es
difícil acceder a este tipo de pornografía, por lo cual su
comercialización es virtualmente inexistente. Anteriormente,
mucho se ha hablado de que la pornografía infantil es
producida y distribuida casi en su totalidad por redes
grandes dedicadas a este tipo de pornografía, pero hasta
ahora no ha habido ninguna investigación seria que soporte
esta conclusión, lo cual no ha evitado que dicha suposición
sea generalmente aceptada como dogma por muchos periodistas
y escritores del tema.
Pedofilia y la ley
En países como Argentina, la ley
prohíbe y condena tanto la transmisión como la creación de
material pornográfico que involucre a niños. En los últimos
dos años la policía de este país desbarató sendas cadenas de
pervertidores de menores y traficantes de pornografía
infantil, que incluían conexiones con países como España,
Venezuela, Chile o el Reino Unido. Muchas de estas personas
están hoy cumpliendo las condenas impuestas por ser
hallados, en mayor o menor grado, culpables del delito de
«abuso sexual calificado y perversión de menores». En
España, el Código Penal no tiene un artículo específico
para castigar al pedófilo sino que, en concordancia con la
Tradición del derecho en España de castigar el resultado, no
la mera intención, pena el efecto de dicha pedofilia; es
decir, que no es delito ser pedófilo, sino efectuar actos de
pedofilia. Así, por ejemplo, el que mantenga relaciones
sexuales con un menor podrá ser castigado con la pena del
artículo 180 del Código Penal, como autor de un delito de
Agresión Sexual con agravantes. Si dichas relaciones no
consisten en introducción de objeto o parte alguna del
cuerpo en las cavidades bucales, genitales o anales, serán
consideradas un delito de Abusos Deshonestos, y,
siempre que el menor lo sea de 12 años o menos, serán
siempre considerados como no consentidos y se les
aplicará la pena prevista en el artículo 181. Por último,
aquellos que se exhibieren obscenamente ante menores,
por sí o por otros, serán castigados conforme al artículo
185, y los que difundieren, vendieren o exhibieren material
pornográfico a menores de edad, lo serán en virtud del
artículo 186.
Relación aceptada con adolescentes
En los países donde las relaciones
entre adultos y adolescentes son aceptadas social y
legalmente, al menos con consentimiento paterno, o se ven
con tolerancia, el término «pedófilo» casi no se utiliza, ni
formal ni informalmente. En relación a la atracción por los
adolescentes también suele usarse el término «hebefilia«.
Adolescentes emancipados
En la mayoría de los países
occidentales los adolescentes de cierta edad se pueden
emancipar legalmente por el matrimonio con autorización de
un juez, autorización explícita por parte de padres o
tutores u otros medios. La edad núbil se encuentra
generalmente por debajo de la mayoría de edad y, en algunos
casos, por debajo de la edad legal de consentimiento sexual.
Las relaciones sexuales con adolescentes emancipados no se
consideran paidofílicas.
En España la emancipación es un acto
civil por el cual la persona que ostenta la patria potestad
de un menor de 18 años, pero mayor de 16, puede habilitarle
para que efectúe algunos de los actos que la Ley reserva a
los mayores de edad. Esto es, le otorga una capacidad de
obrar limitada y el padre sigue manteniendo la patria
potestad sobre el menor.
Sin embargo, dicha emancipación sólo
tiene efectos civiles y no produce ipso-facto la mayoría de
edad. El menor así emancipado no deja de serlo para muchas
otras cosas. Por ejemplo, si una persona de 16 años,
emancipada, comete un delito, le será aplicada la Ley de
Menores y no el Código Penal. Además, para todos aquellos
casos en que así lo contempla la Ley Penal, el menor de 18
años sigue siendo menor de edad, aún cuando esté emancipado.
Por ello, al menos en España, a la
persona que mantuviera relaciones sexuales no consentidas
(por ejemplo) con un menor de 16 ó 17 años, emancipado,
podría aplicársele el artº 180 del Código Penal y castigarlo
como autor de un delito de Agresión Sexual.
Definiciones
El término «paidofilia erótica» fue
acuñado en 1896 por el psiquiatra vienés Richard von Krafft-Ebing
en su obra Psychopathía sexualis, donde se enumeran las
siguientes características:
El interés sexual se dirige hacia los
niños, tanto prepubescentes como al principio de su
pubertad.
Interés sexual primario (es decir
dirigido de manera exclusiva o principal) hacia niños.
Interés sexual que permanece a lo largo
del tiempo.
Algunos sexólogos, como el Dr. John
Money, consideran que no sólo los adultos, sino los jóvenes
pospúberes podrían distinguirse como posibles pedófilos.
Efebofilia
La efebofilia, también conocida como
hebefilia, es la condición en la cual personas adultas
experimentan atracción sexual hacia adolescentes que ya han
pasado la etapa de la pubertad. La pederastia es la
atracción hacia adolescentes masculinos. La atracción hacia
adolescentes femeninas cuyo físico corresponde más bien al
de una preadolescente (niña, púber o prepúber) es conocido
como «loli-con» o «complejo de lolita». Por definición,
estos términos no son sinónimos de pedofilia. No obstante,
en los países occidentales se ha usado con frecuencia la
palabra pedofilia para referirse a la efebofilia y, en
general, a la atracción sexual hacia cualquier persona cuya
edad sea menor a la edad de consentimiento sexual.
Explotación sexual infantil en la
ciudad
PROMULGARON AYER UNA LEY CONTRA LA PEDOFILIA
Sanciones de hasta 90 días de arresto y
$100.000 de multa
Fuente: Publicado en LA NACIÓN,
Buenos Aires, 23 de octubre de
2007
Las personas que, de una u otra manera,
colaboren con el circuito de la explotación sexual de
menores en la ciudad serán sancionadas, a partir de ahora,
con multas de hasta 100.000 pesos y hasta 90 días de
arresto. Así lo determina la ley 2443, promulgada ayer por
el jefe de gobierno porteño.
La norma había sido sancionada el 13 de
septiembre, a partir de un proyecto de los diputados Inés
Urdapilleta y Alejandro Rabinovich, e incluye nuevas figuras
en el Código Contravencional para castigar a quienes
promuevan este delito para el cual hay penas previstas en el
Código Penal, aunque el Congreso todavía estudia una ley
integral para el combate de la trata de personas con fines
de explotación sexual.
Serán sancionados con multas de entre
5000 y 100.000 pesos y penas de entre de 10 a 90 días de
arresto «quienes promocionen, publiciten o proporcionen de
manera explícita o implícita, por cualquier medio idóneo»,
la oferta sexual de menores, se concrete o no dicha
explotación.
La ley, que entrará en vigor cuando sea
publicada en el Boletín Oficial, pone especial atención en
el sector turístico, ante la sospecha que por medio de
paquetes se promueve en el extranjero la oferta sexual. El
número de extranjeros que visitan la Capital creció un 15%
entre 2005 y 2006. Y 7 de 10 diez turistas llegados al país
durante 2006 eligieron como único destino Buenos Aires.
La norma especifica que todos los
operadores turísticos de la Capital deberán incluir un
código de conducta para los extranjeros y un registro de
esas adhesiones. Además, establece la realización de una
intensa campaña de difusión y sensibilización sobre la
explotación sexual de menores.
Preocupación mundial
Durante el acto en el que se promulgó
la norma, el jefe de gobierno porteño dijo: «Estamos frente
a un fenómeno que crece porque hay mercados. Hoy hay más
seres humanos que consumen pornografía infantil y que
participan de la explotación sexual de menores y
adolescentes. Por eso es de un altísimo valor contar con
este instrumento legal».
Las últimas cifras de organismos
mundiales no gubernamentales dan cuenta de que entre América
latina y el sudeste asiático hay unos dos millones de
menores que son sometidos sexualmente.
«Las redes de pedófilos son muy
difíciles de erradicar simplemente porque el delito no se
denuncia. En la ciudad, en los últimos cinco años, hubo tan
sólo cinco denuncias que formalmente se presentaron ante la
Justicia», dijo el diputado Rabinovich.
A fines de agosto pasado, la policía
desbarató una red internacional de pedófilos que
intercambiaban por Internet fotos y videos de pornografía
infantil. Los operativos incluyeron 24 domicilios de la
Capital, de los partidos de Merlo, Quilmes y Berazategui y
de las provincias de Santa Fe, San Juan, Tucumán, Salta,
Corrientes y San Luis. En ellos, la policía se incautó de
más de 10.000 imágenes y videos de pornografía infantil,
además de numerosas computadoras.
LAS PENAS PREVISTAS
Sanciones: recibirán de 10 a 90
días de arresto y multas de entre 5000 y 100.000 pesos
quienes ofrezcan a menores para actividades sexuales por
cualquier medio, implícito o explícito.
Inhabilitación: habrá multas de
$ 100.000 y clausura e inhabilitación por el plazo máximo si
la oferta sexual es brindada por personas jurídicas o
empresas.
«Guía»: serán penados quienes
ayuden a otros a llegar a sitios que ofrezcan a menores para
participar de actos sexuales u orienten sobre cómo llegar a
ellos.
Lo que se hará
Código de conducta: los operadores
turísticos de la Capital deberán incluir uno para que firmen
los visitantes extranjeros.
Difusión: habrá una intensa campaña de comunicación y de
sensibilización sobre la explotación sexual de menores.
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