Comunicado de APSA
Internar por las dudas
Caso Juan Castro
Ante los acontecimientos judiciales
vinculados con el caso del Sr. Juan Castro, que han
afectado a colegas psiquiatras, la Comisión Directiva de
APSA, luego de las consultas pertinentes y cumpliendo con
el mandato de la reunión de Socios recientemente realizada
a tal efecto, ha emitido la siguiente Declaración Pública
que se envía a los Socios, a Instituciones y demás
profesionales de la Salud Mental y a los medios de prensa.
Solicitamos a todos los colegas
difundirla por todos los medios a su alcance.
COMISIÓN DIRECTIVA
A LA OPINION PÚBLICA,
A LOS PACIENTES,
A LOS MIEMBROS DEL PODER JUDICIAL,
A LOS COLEGAS DEL CAMPO DE LA SALUD
MENTAL
19 de diciembre de 2008
Ante los hechos de público
conocimiento relacionados con el accidente que provocó la
muerte del señor Juan Castro, y que han motivado el
procesamiento de los colegas que que tuvieron algún tipo
de contacto con él, la Asociación de Psiquiatras
Argentinos (APSA) quiere expresar su honda preocupación
por las consecuencias que pudieran surgir a partir del
trámite judicial de ese caso: afectar el buen nombre y
honor de respetados especialistas y, en el caso de
generarse jurisprudencia acerca de la necesidad de
internar compulsivamente a las personas consumidoras de
sustancias, producir una situación perniciosa, y de alta
repercusión en la práctica clínica cotidiana de todos los
trabajadores de la Salud Mental y del sistema sanitario.
Las adicciones conforman una
problemática ampliamente distribuida en los diferentes
estratos sociales de nuestra comunidad, en la que
confluyen numerosos factores condicionantes:
psicopatológicos, políticos, socioeconómicos y culturales.
El consumo de cocaína en la Argentina afecta al 4 % de la
población y Buenos Aires es la ciudad latinoamericana con
mayor incidencia de consumo.
En los EE. UU. el tratamiento de
adictos a la cocaína alcanza solamente al 10 % de los
mismos (unos 9 millones de personas), y solo un 1% del
total alcanza la recuperación.
La internación compulsiva o forzada
de pacientes en Salud Mental es una medida excepcional
-necesaria en algunos casos- que sólo ha demostrado ser
eficaz para evitar casos de riesgo inminente para sí o
para terceros. Y es ampliamente sabido que habitualmente
carece de eficacia para la recuperación futura de quienes
hacen uso abusivo de sustancias, que suelen reincidir en
el mismo luego de ser externados. Los mejores resultados
se obtienen con tratamientos consensuados entre el equipo
terapéutico, el paciente y su familia, mediante
dispositivos integrales (desintoxicación, psicoterapia,
medicación, comunidad terapéutica, etc.).
Todo consumidor, por esporádico que
sea, conlleva un riesgo potencial, ya que el consumo de
sustancias puede alterar momentánea y súbitamente la
conducta. Llevando esta situación a un extremo, cualquier
profesional de la salud debería instrumentar medidas
precautorias y de resguardo, para salvaguardar a sus
pacientes de dicho “peligro”. En el caso de llevarse a
cabo -obligándolos a través de la vía judicial, ya que los
pacientes se negarían- produciría un colapso del sistema
judicial y sanitario dado lo extendido de la problemática
del consumo.
Hacer un análisis de riesgo a
posteriori carece de valor e incurre en un prejuzgamiento
lesivo al trabajo médico. Las decisiones terapéuticas, en
las mejores condiciones de excelencia científica, siempre
suponen algún grado de asunción de riesgos, en psiquiatría
y en toda la medicina. Pretender garantizar las conductas
de no peligrosidad de cualquier ser humano es imposible;
tal como lo asevera el consenso internacional de la
justicia y la medicina legal. Si la máxima que rigiera las
decisiones de los psiquiatras y psicólogos fuera evitar
todo riesgo, deberíamos internar permanentemente, de
manera voluntaria o impuesta (es decir, privados de su
libertad), a prácticamente todas las personas bajo
tratamiento, y no solamente a los adictos. Actuar de esa
manera sería tirar por la borda un factor imprescindible
en la práctica clínica, como es el establecimiento de una
alianza terapéutica basada en la confianza y el compromiso
empático entre el profesional y el consultante. Sería
pervertir la misión de los trabajadores de la salud
convirtiéndolos en una suerte de “policías” sanitarios
custodios de un supuesto orden social que aumente
abusivamente el encierro institucional. En el campo de las
adicciones, ése es un argumento funcional a la
penalización y persecución de los adictos para “su
protección”. Una persona con padecimiento psíquico o que
consume drogas es un ciudadano que tiene derecho a su
libertad, aun cuando esa libertad entrañe algún riesgo en
determinado momento. Sólo debiera romperse ese principio
cuando el riesgo es claro e inminente, según el criterio
de la Corte Suprema de Justicia, tal como lo hacemos
habitualmente los profesionales de la salud mental en
nuestra práctica cotidiana.
Acusar al cuerpo médico de no
internar compulsivamente a pacientes para impedirles que
consuman sustancias, bajo el pretendido principio de una
hipotética seguridad, sería empujar a la instauración de
prácticas indeseables por parte de los profesionales de la
salud mental. Si toda muerte por sobredosis o suicidio
fuera responsabilidad de los profesionales, se llegaría al
lamentable escenario de encontrarse aquellos empujados a
instrumentar “internaciones preventivas” de manera
sistemática que, además de ser incorrectas por todo lo
expuesto, serían imposibles de contener por el sistema
judicial y el sanitario, tanto público como privado. Por
lo tanto, más allá del deseo de cada paciente, sería deber
del médico para reducir riesgos internar, privar de la
libertad, judicializar, a todos los adictos, aún en
ausencia de riesgo inminente para sí y para terceros con
el pretendido argumento de “protegerlos”. La decisión de
internar o no a un paciente debe compatibilizarse con el
consentimiento que él mismo otorgue. El criterio
profesional no puede ni debe quedar sistemáticamente
enfrentado con el sagrado derecho de la libertad
individual de los pacientes.
Confiando en la majestad de la
Justicia para juzgar la corrección del accionar de
nuestros colegas en el caso Castro, creemos imprescindible
abrir un espacio de intercambio entre los profesionales de
la Salud, los especialistas del Derecho y los estamentos
políticos a fin de conformar leyes que faciliten la
atención del paciente y el accionar de los especialistas
en forma clara y definida, respetando, al mismo tiempo,
los derechos individuales de los pacientes y un trabajo
clínico garantizado en sus condiciones legales de
ejecución y de excelencia en su factura científica, que
evite internaciones compulsivas de dudosa eficacia.
ASOCIACIÓN DE PSIQUIATRAS ARGENTINOS
(APSA)
Dr. Horacio Vommaro, Secretario
Prof. Dr. Juan Carlos Stagnaro,
presidente